Las cláusulas del polémico decreto
12 agosto, 202410:37 pmAutor: Oralia Guzmán MendozaCapital Destacada Municipios Noticias
Eran muchas las prisas de los diputados locales para convertir a Villa de Pozos en municipio, que el mismo 22 de julio, al aprobar el decreto 1047, lo enviaron al gobernador Ricardo Gallardo, que lo publicó rápido en el Periódico Oficial del Estado, algo inusual. Sin medir las consecuencias de sus actos, violentaron incontables leyes, como la del municipio libre, mediante un artÃculo transitorio, de los 19 que consta el documento. Le ordenaron al ayuntamiento de San Luis, continuar con las prestaciones de servicios públicos y gastarse el presupuesto que le fue aprobado en la nueva demarcación.
El decreto señala que el municipio de Pozos tendrá una superficie de 147 millones 790 mil 76.0294 metros cuadrados. Su gobierno recaerá en un Consejo Municipal que elegirá el congreso en un término de 25 dÃas naturales, después de publicar el decreto. Es decir, se nombrarÃa a más tardar el 27 de agosto. El órgano asumirá el cargo el 1 de octubre. Durará hasta que se elijan a otros representantes mediante elecciones.
En el artÃculo quinto transitorio, se establece que hasta instalarse el consejo, el ayuntamiento de la capital prestará los servicios públicos en el nuevo municipio. En el artÃculo séptimo y octavo, refieren que al activarse los concejales, se hará la entrega-recepción y el ayuntamiento entregará todos los recursos públicos. Además “los informes, documentos, expedientes, archivos que señala la ley, que correspondan o se relacionen directa o indirecta con cualquier asunto inherente al nuevo municipioâ€. Va a transferir el dominio, posesión, derechos de todos los bienes inmuebles y muebles que integran el patrimonio y se encuentran dentro de su ámbito territorial.
El artÃculo décimo primero puntualiza que los trabajadores de base de la ex delegación, deberán optar, a partir del primero de octubre, si se quedan en la capital o se adscriben al municipio de Pozos. En cualquier caso se les respetarán salario, nivel antigüedad y prestaciones de ley establecidas en el presupuesto de egresos del 2024 en el ayuntamiento de San Luis PotosÃ.
El documento precisa en el artÃculo transitorio décimo quinto, que a más tardar, el último dÃa de septiembre, el congreso deberá expedir la nueva ley de ingresos del nuevo, para el periodo del 1 de octubre al 31 de diciembre. Una vez que se haya integrado el Consejo Municipal, el ayuntamiento de Villa de Pozos, tendrá 90 dÃas para elaborar un estudio financiero y una propuesta de convenio que firmarÃa con el ayuntamiento de San Luis, para pasarle al nuevo gobierno, un porcentaje de los pasivos y deudas que se tengan.
El porcentaje será determinado por el ayuntamiento de la capital, el consejo municipal, el comité de hacienda del congreso y secretarÃa de finanzas. En el décimo noveno y último artÃculo transitorio, se especifica que el congreso del estado, tendrá facultades para dictar las normas interpretativas y aclaratorias necesarias para el adecuado manejo y vigencia del documento.
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