Derecho humano por acceso al agua potable
11 marzo, 201910:19 pmAutor: Francisco Parra BarbosaCapital Colaboradores Noticias
El artÃculo cuarto constitucional federal establece el derecho humano al acceso al agua potable, como una medida incondicional, que no puede estar sujeto a ninguna restricción, indispensable y vital. Apenas en la primera década del nuevo siglo y milenio, se elaboró la Declaración de Naciones Unidas al Derecho Humano al acceso del Agua Potable.
Algunos datos nos señalan la importancia, aunque si bien es cierto que el planeta está compuesto por 75 % de agua, solo el 2% es agua dulce y potable, de allà la necesidad del uso racional y consumo seguro. Sin embargo, ya existen métodos tecnológicos de desalinización.
El ser humano requiere mantener una hidratación superior al 85% para no morir, por lo que el derecho humano es el de primacÃa sobre cualquier otro cuando del mÃnimo se habla. El Pacto Internacional de Derechos Humanos de 1966 obliga a los estados a garantizar el acceso de servicios públicos básicos, el del agua potable es uno.
En la actualidad, los gobiernos han convertido el asunto en negocio de particulares, haciendo nugatorio entonces el derecho, protegen a embotelladoras y cerveceras, privilegian a inmobiliarias rapaces y depredadoras. Cobran altos costos a la población mientras a la industria y las mineras les obsequian permisos para abastecerse de pozos y del manto freático.
El acceso al agua potable deberÃa ser gratuito porque es un derecho humano básico, el estado tiene no solo la capacidad, la obligación no de subsidiarla, otorgarla sin cortapisas. Si se cobra tan alto, ¿qué sigue? ¿Cuánto costará el rayo de sol y el metro cúbico de aire? Bajo una lógica mercantilista se ha justificado el aumento, cuando es un derecho humano básico.
San Luis Potosà se fundó en el valle porque a diferencia del pueblo de Mexquitic y Cerro de San Pedro, contaba, cuenta con afluentes, no solo en manantiales y ojos de agua subterráneos. La Caja del Agua nos relata una historia de vida para un pueblo como el potosino, fundado en agua, proveniente de la Cañada del Lobo, que se pretende fraccionar en beneficio de unos cuantos. También la Sierra de San Miguelito, zona que junto con el poniente, son recargas de mantos freáticos. No debe permitirse tal ecocidio, porque atenta contra el derecho humano de acceso al agua potable.
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